- Actualmente la Agencia Tributaria por fallos incurridos en la autoliquidación de impuestos, como la declaración de la renta, sanciona a los contribuyentes con multas e intereses de demora.
- La asociación de Técnicos Tributarios pide la incorporación de esta medida para poder rectificar los errores cometidos en el cumplimiento de las obligaciones fiscales sin que por ello se multe a los contribuyentes.
- La APttCB pide que la aplicación del ‘derecho al error’ se extienda a los profesionales fiscales.
ROIPRESS / ESPAÑA / FISCALIDAD - La Agencia Tributaria está estudiando una propuesta del Consejo para la Defensa del Contribuyente para incorporar el ‘derecho al error’ a la normativa española y acabar con las multas que se aplican a los contribuyentes por equivocarse a la hora de cumplir sus obligaciones fiscales. Así lo explicaba su presidente Jesús Rodríguez Márquez durante las 27 Jornadas Tributarias de la APttCB celebradas hoy en Barcelona, a las que acudía como ponente invitado.
Hoy los miembros de la Asociación Profesional de Técnicos Tributarios de Cataluña y Baleares (APttCB), que se reunían en su encuentro anual para tratar y debatir sobre temas de actualidad fiscal y tributaria que afectan a profesionales y contribuyentes, iban un paso más allá e insistían en la necesidad de que el ‘derecho al error’ también se aplique para los profesionales fiscales y tributarios, de manera que puedan realizar la regularización voluntaria de impuestos cuando se actúe sin dolo, es decir sin mala fe, y sin que ello implique una penalización sistemática.
“Equivocarse en la renta no tiene por qué ser fraude fiscal” – explicaba Joan Torres Torres, presidente de la APTTCB y de la FETTAF: “Puede ser a causa de falta de información por parte del cliente o de interpretación de la normativa tributaria, algo más habitual de lo deseado a causa de la inseguridad jurídica que genera la propia legislación tributaria”.
Actualmente la Agencia Tributaria por fallos incurridos en las autoliquidaciones de impuestos como la declaración de la renta, sanciona a los contribuyentes con multas que pueden ser entre 100€ y 600€ además de los intereses de demora correspondientes (3,75%) por los recursos dejados de percibir.
Para los responsables de la APttCB, Hacienda debe tener en cuenta la buena conducta que han mostrado los contribuyentes a lo largo de su vida tributaria y plantea que la regulación del ‘derecho al error’ se acompañe de la implementación de un sistema de control a modo de carnet por puntos, en el que se reflejen las actuaciones tributarias de los contribuyentes. Torres insistía en que este método debería aplicarse también a los profesionales fiscales y tributarios, aunque con un sistema de puntuación diferente que puede variar en función del volumen de impuestos liquidados y de la tipología de incumplimiento o penalización.
Para ello Torres incidía en que “los profesionales del sector hemos demostrado en reiteradas ocasiones la voluntad de interlocución y cooperación con la Agencia Tributaria. Nos hemos adherido a iniciativas como el Código de Buenas Prácticas Tributarias, que fue aprobado por el Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, y con el que, entre otros aspectos, nos comprometemos a mantener hacia nuestros clientes una actitud educativa en el ámbito fiscal, con el fin de prevenir y corregir conductas de ilegalidad tributaria”.
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